Gobernador propone al presidente Santos régimen especial tributario para Cúcuta y Área Metropolitana


El gobernador Edgar Díaz Contreras le solicitó al presidente Juan Manuel Santos, la expedición de un decreto por el cual se adopte el régimen especial tributario para el municipio de San José de Cúcuta y su Área Metropolitana, tendiente a establecer medidas coyunturales tales como la exclusión del IVA y la reducción del impuesto de patrimonio, entre otros.

Lo anterior, señala el Jefe de la Administración Departamental basado en la Ley 191 de 1995 en especial lo dispuesto en su artículo 2º que manifiesta lo siguiente: la acción del Estado en las Zonas de Frontera deberá orientarse prioritariamente a la consecución de los siguientes objetivos:

-Mejoramiento de la calidad de vida y satisfacción de las necesidades básicas de las comunidades asentadas en las Zonas de Frontera.
- Fortalecimiento de los procesos de integración y cooperación que adelanta Colombia con los países vecinos.
-Creación de las condiciones necesarias para el desarrollo económico de las Zonas de Frontera, especialmente mediante la adopción de regímenes especiales en materia de transporte, legislación tributaria, inversión extranjera, laboral, de seguridad social, comercial y aduanera.

Es por ello, que se requiere que en este decreto en materia de legislación tributaria, se excluyan del impuesto del IVA los siguientes bienes: alimentos, calzado y marroquinería (incluyendo los materiales para su manufacturación), confecciones, materiales de construcción, maderables, electrodomésticos y gasodomésticos y los elementos de aseo para uso humano y veterinario.

Así mismo, se autorizará reducir la tarifa del impuesto a la renta al 15% para las personas naturales y/o jurídicas que acrediten estar domiciliados o tengan establecimientos der comercio en Cúcuta y su Área Metropolitana, con un tiempo de antelación no inferior a cinco años de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.

Se exonerará de la responsabilidad del impuesto para la equidad “CREE” a las personas jurídicas domiciliadas en Cúcuta y su Área Metropolitana, con una antelación no menor a cinco años con respecto a la fecha de entrada en vigencia el presente acto administrativo.

Reducir solo para efectos de la liquidación del impuesto predial, en un cincuenta por ciento (50%) los avalúos catastrales de los predios ubicados en Cúcuta y su Área Metropolitana y congelar a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, las tarifas con las cuales se liquida dicho impuesto.

De igual manera, el Mandatario Seccional le insistió al Jefe de Estado destinar recursos para un Plan de generación de Empleo Formal y Temporal de por lo menos 15.000 empleos, que mitiguen las altas tasas de desempleo e informalidad que afronta la región.

Díaz Contreras, precisa que se hace necesario poder definir en conjunto con el equipo de trabajo de la Presidencia de la República, las medidas estructurales que impidan que un cuadro tan lamentable como el actual se siga repitiendo, por lo que reitera su petición de realizar las mesas de trabajo temáticas con la presencia de los Ministros.

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