Superadas las elecciones presidenciales y de Congreso, en las que se configuró el mapa político para los próximos cuatro años, un nuevo escenario electoral comienza a dibujarse en los departamentos y municipios del país: la contienda regional de 2015.
Aunque todavía resta más de un año para los comicios en los que se elegirán alcaldes, gobernadores, concejales y diputados, la baraja de aspirantes empezó a destaparse ya, teniendo en cuenta los plazos que existen para aquellos que actualmente ejercen cargos públicos y buscan no inhabilitarse, así como para los que pretenden cambiar de partido político sin incurrir en doble militancia.
Y si bien para las elecciones que tuvieron lugar en octubre de 2011 la confusión se apoderó de más de un candidato, teniendo en cuenta que acababa de entrar en vigencia la nueva Reforma Política (Ley 1475 de 2011), pero muchos seguían apegados a la Ley 617 de 2000, en esta ocasión el panorama está despejado.
Así las cosas, la nueva normatividad definió que: “Ningún régimen de inhabilidades e incompatibilidades para los servidores públicos de elección popular será superior al establecido para los congresistas en la Constitución Política”. Como es sabido, la Carta Política definió que el término inhabilitante para los legisladores comprende desde los 12 meses anteriores a la fecha de la elección.
Dicho lo anterior, los secretarios de despacho o de institutos descentralizados que han manifestado su intención de aspirar por la Alcaldía de Cúcuta, la Gobernación de Norte de Santander o una corporación pública, deberán presentar su carta de dimisión antes del 25 de octubre próximo, teniendo en cuenta que las elecciones de 2015 se celebrarán en esa misma fecha (último domingo del mes).
Este mismo plazo lo tendrán los presidentes de las mesas directivas de los concejos y la Asamblea que desean ser candidatos a otros cargos de elección, por ser ordenadores del gasto. Sin embargo, en este caso, y si así lo consideran, ellos solo deberán renunciar, inicialmente, a presidir la corporación, más no a la credencial de concejales y diputados, toda vez que su régimen de inhabilidades e incompatibilidades establece que podrán apartarse de su curul hasta antes de la inscripción para las nuevas elecciones, es decir, previo al 25 de junio de 2015.
Otros que deberán ir preparando su renuncia son aquellos que estén ejecutando contratos o negocios con entidades públicas del nivel departamental o de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre y cuando estos deban cumplirse en Cúcuta o Norte de Santander, por ser el lugar en donde desean aspirar.
Lo mismo, quienes estén ejerciendo como representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social de salud en el régimen subsidiado en la región
Las inscripciones
Según la Reforma Política de 2011, el periodo de inscripción de candidatos y listas a cargos y corporaciones de elección popular se iniciará cuatro meses antes de la fecha de las elecciones y durará un mes, es decir, entre el 25 de junio y el 25 de julio de 2015.
Renuncias a partidos
Ante el ya acostumbrado salto de candidatos de un partido a otro, elección tras elección, un plazo que debe tenerse en cuenta para los comicios regionales de 2015 es el correspondiente a la doble militancia.
Al respecto, la Ley 1475 de 2011 determinó: “Los candidatos que resulten electos, siempre que fueren inscritos por un partido o movimiento político, deberán pertenecer al que los inscribió mientras ostenten la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a la curul al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones”.
Es decir que, a muchos ya se les venció el plazo para dar un nuevo salto de colectividad y si quieren continuar aspirando deberán mantenerse en el mismo partido que los eligió en 2011.
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