Alcalde de Villa del Rosario desmiente supuesta suspensión


A través de su cuenta de Facebook, el alcalde de Villa del Rosario, Carlos Julio Socha Hernández informó que es falso lo que se viene murmurando con relación a una posible suspensión en su contra.

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Morochista dijo...

Bien alcalde, así es que se habla, desmintiendo con argumentos las mentiras y difamaciones de los liberales resentidos que ante su incapacidad y falta de liderazgo recurren a estas prácticas poco éticas.

Anónimo dijo...

Y que sigan los buenos tiempos

Anónimo dijo...

BIEN POR USTED ALCALDE, ESTOS DELINCUENTES DEL ATRAZO DE ESTE MUCIPIO NO LES GUSTA VER QUE OTRO LO HAGA MEJOR QUE ELLLOS, PA LANTE Y CON TUTO SEGUIRAN LAS OBRAS FELICITACIONES USTED SI GESTIONA Y TUTO GESTIONARA MAS.

El Tinterillo del Parque Los Libertadores dijo...

Hay que meter en cintura a estos delincuentes informáticos que atentan contra el derecho fundamental del honor a través de los delitos de Injuria y Calumnia previstos en nuestro Código Penal, saber:

Artículo 220. Injuria. El que haga a otra persona imputaciones deshonrosas, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de diez (10) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 221. Calumnia. El que impute falsamente a otro una conducta típica, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de diez (10) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 222. Injuria y calumnia indirectas. A las penas previstas en los artículos anteriores quedará sometido quien publicare, reprodujere, repitiere injuria o calumnia imputada por otro, o quien haga la imputación de modo impersonal o con las expresiones se dice, se asegura u otra semejante.

Artículo 223. Circunstancias especiales de graduación de la pena. Cuando alguna de las conductas previstas en este título se cometiere utilizando cualquier medio de comunicación social u otro de divulgación colectiva o en reunión pública, las penas respectivas se aumentarán de una sexta parte a la mitad.

El Tinterillo del Parque Los Libertadores dijo...

A los chulos de la honra ajena que creen delinquir impunemente a través de los medios informáticos, bien vale replicarles este artículo de la Revista Semana del 26/07/2014 en sus apartes más importantes para que sepan a qué atenerse por sus escritos irresponsables y de tan mal gusto:

"Miles de colombianos podrían ir a la cárcel si hace carrera la polémica decisión que acaba de tomar la Corte Suprema de Justicia de condenar a 18 meses de prisión y multar con 9,5 millones de pesos a un internauta que puso un comentario ofensivo en una noticia publicada en El País de Cali.

"El episodio comenzó a finales de 2008, cuando Gonzalo Hernán López, tras leer una noticia sobre un caso de corrupción de Emcali, escribió con un seudónimo lo siguiente: “Y con semejante rata como es Escalante, que hasta del Club Colombia y Comfenalco la han echado por malos manejos qué se puede esperar… el ladrón descubriendo ladrones? bah! (sic)”.

El comentarista se refería a Gloria Lucía Escalante, exgerente administrativa de esa empresa y actual gerente de la Federación Nacional de Departamentos. Al leer el comentario, la funcionaria demandó por calumnia e injuria al comentarista, quien terminó siendo, según la Fiscalía, un trabajador de sistemas del Club Colombia. Tras un largo proceso judicial, finalmente la Corte Suprema rechazó la solicitud de casación de López. Por el contrario, ratificó la condena impuesta en segunda instancia para dar un castigo ejemplarizante ante quienes, usando la amplia difusión que tienen los medios y las redes sociales, buscan provocar “un daño en la honra de la persona”.

"Pero una cosa es la libertad de expresión y otra usarla para calumniar o injuriar a quien se quiera, sin saber que hacerlo puede tener consecuencias penales. La calumnia se configura cuando una persona sindica a otra de un delito penal. Por ejemplo, al decirle ladrón, violador, estafador, homicida o chanchullero. Por su parte, la injuria ocurre cuando se trata de imputarle a una persona conductas deshonrosas, que afectan su buen nombre o su posición social. Las más comunes son decirle a otro ‘hijueputa’, ‘cabrón’, ‘levantado’ o ‘cachón’. Para hacer este tipo de afirmaciones se requiere demostrarlo con hechos y con la verdad."