Gobierno venezolano castigará con cárcel y multas ilícitos cambiarios con cupos Cadivi



Manuel Barroso, presidente de CADIVI

“LA ASIGNACIÓN DE DIVISAS ES PERSONAL E INTRANSFERIBLE”

***Prisión de 3 a 7 años y multa prevé la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios a quien “obtenga divisas mediante engaño, alegue causa falsa o se valga de medios fraudulentos”.

El presidente de CADIVI, Manuel Barroso, advirtió acerca de “personas que buscan aprovecharse del pueblo para su beneficio particular, sin importarle la integridad de las reservas internacionales del país ni las consecuencias legales que deben afrontar quienes se prestaron a este ilícito cambiario, por ingenuidad o exceso de confianza”.“Estas personas inescrupulosas” – agregó – “se lucran a expensas del buen nombre de quienes con intención o sin ella, se prestan a solicitar divisas que en realidad no utilizarán, violando las disposiciones de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios”.

El titular de la Comisión de Administración de Divisas insistió en señalar que la venta o transferencia del mal llamado “cupo” de divisas, trae más consecuencias que beneficios al solicitante, porque “es el usuario quien asume los riesgos económicos y legales por haber defraudado al país”.En este sentido, refirió que para verificar la documentación consignada por los usuarios, “solicitamos la cooperación de otros entes del Estado como la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (Onidex) para conocer los movimientos migratorios; también comprobamos la existencia de la empresa que prestó el servicio o proveyó el bien adquirido por el usuario con las divisas asignadas”.Asimismo, enfatizó que la solicitud de autorización de adquisición de divisas es personal e intransferible, como lo señala la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios y, por tanto, “el usuario solicitante es el único responsable del correcto uso de las divisas asignadas por CADIVI, quien además está sujeto al control posterior por parte de la Comisión de Administración de Divisas, de acuerdo con las disposiciones vigentes”.A propósito de esto, más de 80 mil usuarios se encuentran suspendidos del sistema de administración de divisas por no haber respondido dentro del lapso estipulado a las cuatro convocatorias previas, o por haber consignado a través de sus operadores cambiarios documentación insuficiente para probar el uso correcto de las divisas autorizadas por CADIVI. La cuarta convocatoria fue a finales de marzo.

Indicó Barroso que le corresponde evaluar estos casos a la Dirección de Inspección y Fiscalización del Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, por ser el órgano al que la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios le asigna la competencia sancionatoria.Adicionalmente, el artículo 10 de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios establece de tres a siete años de prisión y multa del doble del equivalente en bolívares de la respectiva operación cambiaria, cuando las divisas se obtengan “mediante engaño, alegando causa falsa o valiéndose de cualquier otro medio fraudulento”.El artículo 11 de la referida Ley también prevé multa del doble del equivalente en bolívares de la respectiva operación cambiaria, para “quienes destinen las divisas obtenidas lícitamente para fines distintos a los que motivaron su solicitud”.Finalmente, Barroso invitó a los usuarios del sistema de administración de divisas a verificar en la página electrónica de CADIVI, si han sido convocados a los fines de demostrar el correcto uso de las divisas.Gerencia de Comunicación, Información y Relaciones Institucionales.

Diciembre


0 Realice Su comentario Aquí: