Día del Comerciante



Felicitamos a los comerciantes quienes cumplen con un rol importante en la economía del país y contribuyen a su crecimiento, ya que facilitan el intercambio de bienes y servicios y atienden a muchas de las necesidades presentes en el mercado.


Reinado Municipal de la Uva 2006 en Villa del Rosario

 


#FotoDelRecuerdo||••• Reinado de la Uva del 2006, el alcalde Carlos Julio Socha Hernández, la nueva Reina Municipal de la Uva, Nereyda Katherine Prado, la reina saliente Mayeli Zabala, la virreina Iris Yurley Contreras Ramón y el presidente de las Ferias y Fiesta Luis Antonio Mesa.


Horario de atención especial los sábados 20 y 27 de mayo

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Venderán Soat de 15 días a motos y Carros venezolanos

 

La Superintendencia Financiera autorizó la venta del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para los carros y motos de matricula venezolana en la frontera, con vigencia mínima de 15 días.
Pese a este anuncio, las compañías aseguradoras amanecieron sin información clara en Cúcuta, y por el momento ninguna está ofreciendo las pólizas bajo dicha modalidad.
Sin embargo, Seguros La Previsora informó que avanza en los ajustes tecnológicos en los sistemas de información, para comenzar su expedición a partir del mes de junio.
Por su parte el Ministro de Comercio, Germán Umaña manifestó que "esto reduce costos y ayuda a agilizar los procesos de integración".

Secretaría de Hacienda Departamental adelantó revisión del pago de la estampilla pro desarrollo fronterizo

El grupo operativo de la Secretaría de Hacienda Departamental adelantó en el peaje Los Acacios la revisión del pago de la estampilla pro desarrollo fronterizo y de productos sujetos al pago de impuesto al consumo en los vehículos de transporte de carga y transporte de pasajeros. Este operativo fue liderado por el Secretario de Hacienda Sergio Entrena y busca combatir la ilegalidad y la evasión.

Capacitación al grupo operativo de la Secretaria de Hacienda Departamental



La Secretaría de Hacienda departamental realizó una capacitación al grupo operativo en temas como el impuesto al consumo, estampilla pro desarrollo fronterizo y deguello de ganado mayor.

Así mismo se impartieron directrices de las nuevas estrategias adoptadas por el departamento para combatir el contrabando de licores, cervezas y cigarrillos con el objetivo optimizar sus acciones y prestar un mejor servicio.

Sensibilización y socialización del programa anticontrabando en las instituciones educativas


La Secretaría de Hacienda Departamental conjuntamente con la Federación Nacional de Departamentos, inició la sensibilización y socialización del programa anticontrabando en las instituciones educativas. La jornada de hoy se realizó en el Instituto Técnico Guaymaral,  donde se dio a conocer cómo identificar los productos de contrabando y la estampilla falsa; además se explicó el impacto de la ilegalidad en la ejecución de los proyectos en salud, educación y recreación.

Secretaría de Hacienda realizó el control y verificación a empresas de transporte de pasajeros y carga



La Secretaría de Hacienda Departamental con su grupo operativo realizó el control y verificación a las empresas de transporte de pasajeros y de carga, en relación con el pago de la estampilla pro desarrollo fronterizo a los vehículos de más de 2 ejes que entren y salgan del departamento.

Así mismo se revisó la movilización de productos generadores del pago del impuesto al consumo: cerveza, licores y cigarrillos, con el fin de evitar la evasión y el contrabando. #ProgramaAnticontrabando

Atención al ciudadano en la Secretaria de Hacienda Departamental el próximo viernes 28 de Abril



Atención, información importante de la Secretaría de Hacienda con relación al horario de atención al público para el viernes 28 de abril

Paso a paso para cancelar el impuesto vehicular

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La casa de las señoritas Ulloa

 

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#FotoDelRecuerdo||•••
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Casa que alguna vez existió en la calle 4 entre carreras 6 y 7 del Barrio Fátima......diagonal a la registraduría del Municipio de Villa del Rosario
Foto: Mi Tierra Natal


Aprovechen el 10% de descuento en el impuesto para la vigencia 2023



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Válido hasta el último día hábil del mes de mayo, ¡no dejen pasar esta oportunidad!

Asociación de Comerciantes de Villa del Rosario del año 2010

 


#FotoDelRecuerdo ||••• Asociación de Comerciantes de Villa del Rosario del año 2010.

De izquierda a derecha Jorge Hugo Zabala, Jesús Gonzales, Luis Bonilla, Alfonso Silva, Anicia Rincón, Nicolás Garza, Andelfo Arias, Kalilia Pérez, Arturo Mojica y Saúl Cristancho miembros de la Asociación de Comerciantes de Villa del Rosario.

Futbolistas rosarienses de antaño



#FotoDelRecuerdo ||••• En la foto, el primero de la segunda fila Manuel Chavarro "meteoro", el que le sigue "el diablo", jugadorazo potente zurda , el tercero en el mismo orden Hernán, el primero de la primera fila de izquierda a derecha "el negro Rua" defensa  central  el que le sigue Raúl, el que me sigue es Jaime, el que sigue después del técnico es Samuel el bombero, el arquero Sergio " Pamplona", combazo. 

Foto: Frank Parada

La Mujer en el Congreso Constituyente de Villa del Rosario 1821



Por: María Emma Wills, Politóloga, Ph.D. en la Universidad de Texas. Investigadora del Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional.

Si   los   esclavos   se   encuentran   implícitamente   excluidos   del   pueblo   soberano,  los  constituyentes  operan  bajo  el  supuesto  de  que  a  las  mujeres  ni  siquiera  hay  necesidad  de  mencionarlas.  Son  los  "hombres  libres"  los  que  constituyen  la  nación  colombiana;  y  son  los  hombres  los  sufragantes  parroquiales;  y  son  hombres  quienes  pueden  llegar  a  ser  representantes,  presidente  de  la  república,  miembro  de  la  alta  corte  de  justicia.  Se  podría  operar  bajo  el  supuesto  de  que  el  artículo  4  de  la  Constitución  "son  colombianos todos los hombres libres..." utiliza "hombre" para referirse al género  humano.  Sin  embargo,  la  Constitución  define  a  los  sufragantes  parroquiales utilizando el género masculino:

Artículo  15:  para  ser  sufragante  parroquial  se  necesita:  1.  ser  colombiano;  2. ser casado o mayor de 21 años... Además,  las  mujeres  sólo  obtuvieron  el  derecho  al  voto  en  Colombia  en  1957, bajo la dictadura del general Rojas Pinilla. Bajo  el  régimen  colonial  hispano  las  mujeres  podían  acceder  a  ciertos  cargos.  Por  ejemplo,  se  sabe  de  mujeres  encomenderas;  o  aun  ocupar  el  trono  de  España.  En  este  sentido,  la  condición  de  total  invisibilidad  a  las  que se las relega frente a la ley 126 y el derecho de propiedad en la constitución de 1821 puede ser vista como un  retroceso.  En  este  sentido,  no  sobra  recordar  cómo,  a  la  par  que  surge  el  régimen democrático en occidente, las esferas doméstica y pública se separan; y esta separación se ve acompañada por la asignación "natural" de la mujer a la esfera doméstica y su exclusión tajante de la esfera pública 37 (ni puede elegir ni ser elegida, ni puede ocupar cargos burocráticos). Los constituyentes de 1821 no se apartan de esta tendencia global.

Por   otra   parte,   en   las   discusiones   en   las   que   las   mujeres   aparecen   mencionadas   -miembros   de   la   alta   corte   de   justicia,   educación-   los   constituyentes  operan  dentro  de  un  marco  de  referencia  impregnado  de  las  imágenes  católicas.  La  mujer  es  presentada  o  como  madre  o  como  Eva,  potencial corruptora de las buenas inclinaciones masculinas. Por ejemplo, el Sr. Tobar propone que los miembros de la alta corte de justicia "no fuesen casados o  al  menos  prohibírseles  contraer  matrimonio  dentro  de  cierta  distancia  porque  el  peligro  del  cohecho  es  muy  despreciable  en  comparación  de  los  comprometimientos a que obliga una mujer" (T.2, p. 46). A  las  mujeres  de  bajos  recursos  -mandaderas,  lavanderas-  que  se  reúnen  en  los  portales  de  los  conventos  donde  se  educan  los  niños,  también  se  les  imputa  dar  "mal  ejemplo"  y  se  les  agrupa  bajo  el  apelativo  de  "personas  de  este  jaez" (T.2., p. 56). 

En  cuanto  al  "destino"  que  le  espera  a  las  mujeres  de  clase  alta,  no  es  otro  que  el  del  matrimonio.  Esto  es  clarísimo  en  las  discusiones  sobre  la  educación de las niñas. Unos constituyentes se oponen a que sean las monjas las que eduquen a las niñas porque "no se espera otra cosa que sacar buenas madres y esposas" y las monjas no son las personas más idóneas para enseñar estos  roles  "por  el  ningún  conocimiento  que tienen de estos estados" (T.2, p. 86). Otros argumentan que los conventos no son los mejores establecimientos para  preparar  a  las  niñas  a  su  rol  de  madres  y  esposas  por  "la  violenta  transición  que  implica  pasar  de  un  estado  de  total  recogimiento  a  otro  de  desahogo  y  libertad"  y  proponen  que  quienes  impartan  educación  sean  "las  señoras  que  quieran  dedicarse  a  tan  dulce  ocupación  entre  tantas  matronas  cuyos  maridos  degolló  la  bárbara  cuchilla  de  los  enemigos  y  que  aunque  es  cierto  que  no  podía  proporcionárseles  una  brillante  educación,  basta  que  aprendan por ahora los oficios propios de su sexo y las obligaciones del estado a que las ha llamado la naturaleza..." (T.2, p. 104).

Sin  embargo,  los  constituyentes  no  las  excluyen  totalmente  de  acceder  a  la  educación pública. La ley sobre educación pública decreta en su artículo 17 que "se funden escuelas de niñas en las  cabeceras  de  los  cantones  y  demás  parroquias-para que en ellas aprendan los principios de los que habla el art. 11 (i.e. los dogmas de  la  religión  y  de  la  moral  cristiana,  con  los  derechos  y  deberes  del  hombre en sociedad) y además a coser y a bordar" (T.2, p. 159). Así, las mujeres son parte del engranaje del orden que se está creando, en su  calidad  (biológica)  de  madres  y  de  transmisoras  de  valores  y  normas  sociales. Tienen un papel que cumplir, pero a la vez que se les reconoce en ese papel, se les excluye de los derechos y deberes ciudadanos: las mujeres no podrán votar ni ser representantes. En este aspecto, la condición de los indígenas  es  mejor.  Ellos,  si  tienen  profesión  u  oficio  reconocido  o  la  propiedad    exigida,    pueden    llegar    a    ser    electores    parroquiales    o    representantes; la mujer, definitivamente no.

Los  esclavos  no  son  colombianos,  las  mujeres  no  son  ciudadanas  plenas,  los indígenas pueden participar en política en tanto tengan una profesión o un  oficio  o  la  renta  estipulada  por  ley.  Con  estas  restricciones,  ¿quiénes  conforman el "pueblo"? ¿Quiénes hacen parte de este sujeto necesario para dar origen a una democracia? Y, el papel desempeñará ese "pueblo" dentro del nuevo régimen político?