Estos son los pasos para que los jóvenes adquieran el subsidio para vivienda propia

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Juventud, la Gobernación de Norte de Santander, a través de la Secretaría de Hábitat, realizó una jornada de socialización respecto de los programas de subsidio de vivienda que ofrece el Gobierno Nacional.

Durante la jornada una de las propuestas que más llamó la atención fue la de la vivienda para jóvenes, una oportunidad de oro que tienen las personas entre 18 y 28 años. 

Este programa consta de tres componentes: condiciones preferenciales en el crédito de vivienda de interés social (VIS), garantías para el crédito hipotecario 100% subsidiadas por el Gobierno Nacional y acompañamiento personalizado durante todo el proceso.

Los beneficiarios podrán ser aquellos jóvenes quienes tengan ingresos inferiores a 2 salarios mínimos mensuales,  no ser propietario de vivienda y no haber recibido un subsidio de vivienda del Gobierno Nacional.

A través del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), se podrá acceder a tasas de interés preferenciales de un dígito, así como a un menor requerimiento de cuota inicial para la compra de VIS. Con respecto a esto último, se podrá financiar hasta el 90 % del valor de la vivienda.

Estos son los pasos:

1. Identifique la propiedad de su preferencia. Recuerde que debe ser vivienda de interés social.

2. Diríjase a la constructora que desarrolla el proyecto y verifique que el valor del bien inmueble se ajuste a los requisitos exigidos. El precio máximo es de 150 SMMLV o de 135 SMMLV, según el municipio en donde se compre la vivienda.

3. Recuerde que si bien la vivienda podrá ser financiada debe verificar qué gastos debe asumir el comprador. Esto puede ser: cuota inicial, firma de promesa de compraventa, pago de peritos, etcétera. 

4. Diríjase al banco de su preferencia o averigüe con la constructora qué entidad bancaria patrocina el proyecto de vivienda y solicite el préstamo.

5. Asegúrese que el proyecto cuente con el cumplimiento y las garantías de ley.  

0 Realice Su comentario Aquí: